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Plataforma de divulgación de oferta de servicios y tecnología para la promoción de la generación y el uso de energías renovables en el Sudoeste de la Provincia de Buenos Aires

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PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué es la Generación Distribuida?
Es el uso de fuentes de energía renovable, como el sol, el viento, el agua en cauces de río, la biomasa, y otros, para generar electricidad para ser autoconsumida en el mismo punto de consumo, y a su vez inyectar el excedente de energía a la red de distribución. La provincia de Buenos Aires aún no ha adherido al Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable (Ley Nº 27.424)
Vivo en la provincia de Buenos Aires ¿puedo ser usuario generador en el marco de Generación Distribuida?
La Provincia de Buenos Aires aún no cuenta con un marco regulatorio propio para que los usuarios pueden ser consumidores y generadores a la vez. Una vez adherida la provincia al Régimen de fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la red eléctrica pública de la Ley Nº 27.424, el prosumidor o usuario generador de energía en su domicilio, deberá solicitar autorización al distribuidor, en este caso, EDES. Quedan expresamente excluidos los grandes usuarios o autogeneradores que operan hoy en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)
¿Cómo y cuánto paga el Distribuidor al Usuario que genera energía?
El régimen de fomento a nivel nacional eligió el sistema denominado net billing o balance neto de facturación, a través del cual se compensan en la facturación los costos de la energía demandada con el valor de la energía inyectada a la red. Esto es: el consumidor paga el precio normal a la distribuidora por la energía que recibe de la red, pero cuando vende su propia electricidad recibe un precio menor, como si fuera un mayorista. Primero se calcula el precio de la energía generada, luego se determina cuál es el costo la energía consumida y, por último, se establece la diferencia entre ambos montos para determinar el saldo.
¿Cuánto puedo ahorrar con la instalación de paneles solares?
En pocos pasos podrá estimar lo que puede generar y ahorrar anualmente si instala paneles solares conectados a la red, conforme la Ley Nacional de Generación Distribuida, N° 27.424.
¿Los paneles solares son todos iguales?
El panel térmico cuenta con tecnología más sencilla, reacciona a la energía térmica y produce agua caliente sanitaria. El panel fotovoltaico cuenta con una tecnología más compleja, es sensible a la energía solar y produce electricidad.
¿Qué es y cómo funciona el Sistema OFF GRID?
El sistema OFF-GRID corresponde a una instalación fotovoltaica que permite generar electricidad mediante los paneles solares que captan la radiación solar. La generación eléctrica se consume de manera inmediata en el lugar donde se instaló este sistema y el excedente no utilizado se almacena en baterías
¿Qué es el FODIS?
El Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS) tiene por objeto el otorgamiento de préstamos, incentivos, garantías, aportes de capital y la adquisición de otros instrumentos financieros para la implementación de sistemas de generación distribuida de origen renovable con alcance en todo el territorio de la República Argentina. El objetivo es fomentar la generación eléctrica distribuida en industrias, Pymes y hogares de todo el país.
¿Qué es el IPAR? Indice Provincial de Atractivo Renovable
Es un instrumento que combina la medición del grado de desarrollo de las energías renovables en cada jurisdicción del país junto al potencial atractivo para futuras inversiones. Este índice abarca el análisis de aspectos regulatorios, fiscales e institucionales de cada jurisdicción, así como la evaluación de la implementación de las tecnologías, el aprovechamiento de los recursos y el desarrollo de infraestructura en función de la normativa vigente (la Ley Nº 27.191 de Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica, y la Ley Nº 27.424 que establece el Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública)
LEGISLACIÓN VIGENTE
Generación Distribuida
Ley Nº 27.424 "Régimen de fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la red eléctrica pública". A continuación se brinda una breve descripción de la ley y el conjunto de normas complementarias (el Decreto 986/2018, la Resolución 314/2018 de la Secretaría de Gobierno de Energía y las Disposiciones 28/2019, 48/2019, 62/2019, 83/2019 y 97/2019 (y sus anexos) de la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética (SSERyEE)
Alcance: Nacional Estado: Vigente - Reglamentada
Normas ASHRAE
Las certificaciones ASHRAE están dirigidas a todos los Profesionales y Expertos en la Construcción Sustentable, el Aire Acondicionado, la Refrigeración y la Calefacción.
Alcance: Internacional Estado: Vigente - Reglamentada
Registro Único de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica a partir de Fuentes Renovables en la Provincia de Buenos Aires (RUER)
La Dirección de Energía de la provincia de Buenos Aires será la dependencia que tendrá a su cargo la aprobación de los proyectos y las autorizaciones de alta de construcción y alta de operación de las plantas de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables en la provincia de Buenos Aires. Disposición Provincial : 12/19 MI APROBAR EL MANUAL QUE DEBERáN CUMPLIMENTAR LOS INTERESADOS EN PROYECTOS DE GENERACIóN DE ENERGíA ELéCTRICA A PARTIR DE FUENTES RENOVABLES. ESTABLECER QUE EL REGISTRO ÚNICO DE PROYECTOS DE GENERACIóN DE ENERGíA RENOVABLE DE LA PROV. DE BS. AS.(RUER). Promulgación :DEL 15/4/2019 / Publicación :DEL 03/5/2019 B.O. N° 28513 Y 8/5/2019 B.O. N° 28516
Alcance: Provincial Estado: Vigente - Reglamentada
Guía rápida para la implementación provincial de la Ley Nacional de Generación Distribuida Renovable
Ya está a disposición de las provincias (noviembre de 2019) esta guía rápida que detalla los pasos necesarios para una ágil implementación de la Ley Nacional de Generación Distribuida (Ley Nº 27.424) en las diferentes jurisdicciones de nuestro país Los tres actores que participan en este proceso son: - Poder Legislativo Provincial (responsable de adhesión provincial) - Ente Regulador Provincial (responsable de fiscalización y control) - Distribuidores y Cooperativas Eléctricas (responsables de autorización de conexiones) Cada uno de ellos asumirá un rol importante en las distintas etapas del proceso de implementación, según se describe en las diferentes secciones de este documento.
Alcance: Nacional Estado: Vigente - Reglamentada
Ley 14.838. Provincia de Buenos Aires. Adhesión al Régimen de Fomento Nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica
La Provinciade Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional N°26.190 y modificatoria Ley N°27.191 "RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA". A través de su Decreto Reglamentario establece la Autoridad de Aplicación y se crea el Registro Único de Proyectos de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires
Alcance: Provincial Estado: Vigente - Reglamentada
Ley 13.059 de la provincia de Buenos Aires. Acondicionamiento térmico de edificios
La ley de la provincia de Buenos Aires N° 13.059 establece las condiciones térmicas que debe cumplir un edificio para así contribuir a disminuir los consumos energéticos destinados a calefacción.
Alcance: Provincial Estado: Vigente - Reglamentada
Listado de Consultores en Eficiencia Energética
El objeto de la Disposición 54/2019 (DI-2019-54-APN-SSERYEE#MHA) es relevar, identificar, convocar y evaluar a consultores especialistas en eficiencia energética y aprobar el Reglamento del Listado de Consultores en Eficiencia Energética con el propósito de poner esta información a disposición de todo aquel que requiera asesoramiento en la materia. Subsecretaría de ER y EE.
Alcance: Nacional Estado: Vigente - Reglamentada
Resolución OPDS 15-2015. Declaración de Impacto Ambiental
la Ley Nº 11.723 establece que todos los proyectos consistentes en la realización de obras o actividades que produzcan o sean susceptibles de producir algún efecto negativo al ambiente de la Provincia de Buenos Aires y/o sus recursos naturales, deberán obtener una Declaración de Impacto Ambiental.
Alcance: Provincial Estado: Vigente - Reglamentada
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